

Todos estos efectos son generalmente identificables a posteriori, se hacen patentes cuando se detecta la violencia. Sin embargo, en el espectro de modos denigrantes de anular a otro ser humano, encontramos otro tipo de maltrato no ligado necesariamente a violencia física alguna, más lento, más sutil, más silente, difícil de detectar, pero no menos insidioso y a veces bastante más destructivo: el maltrato psicológico.
El maltratador psicológico no usa de la fuerza de sus manos o piernas, no utiliza objetos para golpear, no agrede sexualmente. Su violencia tiene el mismo objetivo que la aplicada por medios físicos, anular y dominar a la víctima, pero sus recursos son distintos. Prevaleciéndose de su acceso al recinto íntimo de seguridad y confianza construido en la pareja, el abusador psicológico pone en práctica un repertorio diverso de tácticas inscritas en una estrategia general de extinción progresiva de la identidad de la víctima. A menudo enmascarado entre conductas seudoafectivas dirigidas a desorientar emocionalmente a la mujer, el abuso psicológico se encarna en desvalorizaciones; amenazas encubiertas; conductas de restricción de la libertad de la mujer; críticas y ridiculización de aspecto, iniciativas y personalidad; culpabilización y, en torno a ello, un paulatino aislamiento que reduce las probabilidades de escape de la víctima y la expone traumáticamente a un entorno deshumanizante. El conjunto tiene un resultado acumulativo que debilita el sentido de la identidad de la víctima, desposeyéndola de referentes y minando subrepticiamente la capacidad de inserción equilibrada en su propio entorno vital. La integridad psicológica de la mujer abusada se fragmenta y ella comienza a sentirse insignificante, pequeña, avergonzada de ser y existir.
Detectar el abuso psicológico y fijar su existencia mediante medios de prueba es un reto todavía no afrontado con claridad por el sistema de asistencia a las víctimas. En este sentido, el rol de disciplinas como la Psicología Forense y el impulso de la investigación aplicada -en la delimitación conceptual del fenómeno y en la provisión de instrumentos válidos de evaluación- se consideran indispensables en la exacta determinación de las condiciones de convivencia de una pareja donde se perpetúa un agresor. El maltrato psicológico está subyacente, a menudo sin alcanzar el estatus de prueba, en la práctica totalidad de causas penales por violencia doméstica y en la mayoría de causas civiles de separaciones contenciosas. En paralelo, unida a la apropiada instrumentación de medios por parte del sistema de justicia, es necesario extender la concienciación de la población en general acerca la naturaleza e implicaciones del abuso psicológico, un área poco explorada pero cuya comprensión es imprescindible y nuclear para desterrar ciertas dinámicas deshumanizantes de las relaciones de pareja.